Micelio
Auto5 de diciembre de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante De Oficio·Demandado En Averiguacion De Responsables

Tema · dato duro
Incumplimiento Del Elemento Funcional Del Fuero Penal Militar-Investigación Penal Por La Presunta Comisión Del Delito De Homicidio En Persona Protegida En El Marco De Una Operación Militar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Penal Ordinaria
  • Conocimiento de procesos por presuntos delitos cometidos por miembros de la fuerza pública cuando haya duda del posible rompimiento del factor funcional
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 67 de Instrucción Penal Militar y la Fiscalía Primera delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá, de la Unidad Especial de Investigación para el Desmantelamiento de Organizaciones Criminales.

La controversia se produce por causa de proceso penal adelantado en contra de personal de la fuerza pública, por la presunta comisión del delito de homicidio.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena trae como referencia el Auto 704 de 2021 y ante el análisis normativo y fáctico, concluye que la la información disponible en el expediente no permite extraer con certeza la manera en la que se desarrollaron las actuaciones de los agentes en servicio, por lo tanto, ante dudas sobre el vínculo directo del delito con el servicio, requisito que la Constitución exige para que tenga aplicación el fuero penal militar, resulta imperativa la aplicación de la regla general de competencia de la jurisdicción ordinaria, porque el fuero penal militar consagrado en el art. 221 superior solo procede excepcionalmente cuando haya certeza sobre los elementos que lo constituyen.

En consecuencia, se asigna el conocimiento de las diligencias a la jurisdicción ordinaria y la Corte resuelve remitir el expediente a la Fiscalía Primera delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá, de la Unidad Especial de Investigación para el Desmantelamiento de Organizaciones Criminales, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 67 de Instrucción Penal Militar y a los sujetos procesales dentro del asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones presentado entre el Juzgado 67 de Instrucción Penal Militar y la Fiscalía Primera delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá, de la Unidad Especial de Investigación para el Desmantelamiento de Organizaciones Criminales y DECLARAR que corresponde a la jurisdicción ordinaria, representada por la Fiscalía Primera delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá, conocer del proceso penal adelantado por el homicidio del señor Carlos Yimmy Miranda Yagary.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4728 a la Fiscalía Primera delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá, de la Unidad Especial de Investigación para el Desmantelamiento de Organizaciones Criminales, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 67 de Instrucción Penal Militar y a los sujetos procesales dentro del asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.